Servicio universal de comunicaciones 1Mbps independientemente de donde vivas
Tweet
Desde el 1 de enero de 2012, todos los ciudadanos tienen derecho al acceso a Internet con una tasa mÃnima de 1 Mbps de descarga, con independencia de su localización geográfica, con una calidad determinada y a un precio asequible. El operador designado es Telefónica de España S.A.U.
El artÃculo 22 de la Ley 32/2003, de 3 de Noviembre, General de Telecomunicaciones, establece el concepto y el ámbito de aplicación del servicio universal. Éste se define como el conjunto de servicios cuya prestación se garantiza para todos los usuarios finales con independencia de su localización geográfica, con una calidad determinada y a un precio asequible.
El Real Decreto 726/2011, modifica el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, aprobado por Real Decreto 424/2005. Asimismo, a través de la Orden ITC/3231/2011 se designa a Telefónica de España, SAU como operador encargado de la prestación de los elementos de servicio universal relativos al suministro de la conexión a la red pública de comunicaciones electrónicas y a la prestación del servicio telefónico disponible al público, desde una ubicación fija.
El Ayto de Yunquera pone a disposición de sus ciudadanos toda la información correspondiente y en caso de que telefónica no atienda las peticiones en el plazo previsto, disponemos en el CRT Guadalinfo Yunquera una oficina de asesoramiento y mediación en colaboración con la ConsejerÃa de EconomÃa e Innovación.
Podeis ver la resolución completa en el siguiente enlace.
http://www.minetur.gob.es/telecomunicaciones/es-ES/Servicios/InformeUniversal/Paginas/Resolucion.aspx
Desde el 1 de enero de 2012, todos los ciudadanos tienen derecho al acceso a Internet con una tasa mÃnima de 1 Mbps de descarga, con independencia de su localización geográfica, con una calidad determinada y a un precio asequible. El operador designado es Telefónica de España S.A.U.
El artÃculo 22 de la Ley 32/2003, de 3 de Noviembre, General de Telecomunicaciones, establece el concepto y el ámbito de aplicación del servicio universal. Éste se define como el conjunto de servicios cuya prestación se garantiza para todos los usuarios finales con independencia de su localización geográfica, con una calidad determinada y a un precio asequible.
El Real Decreto 726/2011, modifica el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, aprobado por Real Decreto 424/2005. Asimismo, a través de la Orden ITC/3231/2011 se designa a Telefónica de España, SAU como operador encargado de la prestación de los elementos de servicio universal relativos al suministro de la conexión a la red pública de comunicaciones electrónicas y a la prestación del servicio telefónico disponible al público, desde una ubicación fija.
El Ayto de Yunquera pone a disposición de sus ciudadanos toda la información correspondiente y en caso de que telefónica no atienda las peticiones en el plazo previsto, disponemos en el CRT Guadalinfo Yunquera una oficina de asesoramiento y mediación en colaboración con la ConsejerÃa de EconomÃa e Innovación.
Podeis ver la resolución completa en el siguiente enlace.
http://www.minetur.gob.es/telecomunicaciones/es-ES/Servicios/InformeUniversal/Paginas/Resolucion.aspx
No hay comentarios:
Publicar un comentario